domingo, 13 de septiembre de 2009

a Corte Constitucional en un fallo histórico y con aras de proteger la dignidad humana, la seguridad social, la salud, la protección reforzada a quienes se hallen en circunstancia de debilidad manifiesta y el mínimo vital, se dejó sin efectos el dictamen proferido por la Junta Nacional de Calificación de Invalidez, así como la Resolución por la cual se negó el derecho al reconocimiento de la pensión de invalidez y, en su lugar, se ordeno a la Junta Nacional de Calificación de Invalidez realice nueva evaluación técnica científica del grado de pérdida de la capacidad laboral tanto física como de carácter psiquiátrico sobre el estado de salud de la paciente.
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Tags: junta de invalidez, PCL, tutela, invalidez, fallo

Publicado por jurisgalenos @ 2:06
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